Compartir, debatir, reir, vigilar. Lo único prohibido: estar de brazos cruzados.
domingo, 28 de octubre de 2012
Carta a Presidente del Poder Judicial
Despedir arbitrariamente ya no sería ningún problema para los empresarios:
Carta Abierta al Presidente del Poder Judicial
miércoles, 17 de octubre de 2012
Lo que no se dice de la renovación de Telefónica
En los últimos meses se ha tratado el tema de la renovación de contrato a Telefónica. Entre los puntos más importantes de este tema están las deudas que tiene Telefónica con la SUNAT, las multas que ha recibido de parte de OSIPTEL, las tarifas y la calidad de servicio que brinda a los usuarios.
Sin embargo, poco o nada se ha mencionado que una de las causas del mal servicio, proviene de las pésimas condiciones laborales que padecen muchos de los que trabajan en el sector de telecomunicaciones en nombre de Telefónica. Es necesario entender que las condiciones laborales tienen un fuerte lazo con la Calidad de Servicio que viene exigiendo hoy el gobierno.
Contratos a plazos por más de 3, 4, 5 años, muchos ni siquiera con contrato, sin CTS, sin seguro social, sin fondo de pensiones, jornadas que superan las 8 horas diarias, sin pago de sobre tiempo, pagos del salario a destiempo, despidos arbitrarios, sin negociación colectiva, sin capacitación, represalias constantes por exigir derechos, subcontratas abusivas, son condiciones de trabajo que destinan a Telefónica a dar un pésimo trato a los usuarios que optan por sus servicios.
Me pregunto si alguno de los ejecutivos de Telefónica podría desarrollar sus funciones plenamente con las condiciones de trabajo que hoy "disfrutan" los miles de trabajadores que nos venden, asesoran, reparan o instalan: el speedy, el teléfono o el cablemágico. En realidad no creo que les preocupe mucho, porque quizá se encuentren más preocupados por decidir dónde salir de viaje el fin de semana que viene, o que nuevo carro comprarse, ya que con los más de 20,000 o 40,000 soles mensuales que reciben puntualmente no deben tener tiempo de mirar al costadito y evaluar las consecuencias de dichos sistemas laborales.
Los que votamos por la inclusión social, consideramos que la "cuestión laboral" también debe formar parte de cualquier análisis y sobretodo en una escenario tan importante como lo es la renovación de contrato a la empresa española.
Hoy, dentro de las evaluaciones que hacen a la inversión privada consideran el impacto ambiental. Ya es hora, que también se incluya dentro de la agenda del gobierno, los impactos sociolaborales que provocan transnacionales como Telefónica en la sociedad peruana. El gobierno que aclamó la inclusión social, tiene la palabra.
Imagen: Álvaro Portales
lunes, 1 de octubre de 2012
CARTA ABIERTA POR POSIBLE INDULTO A FUJIMORI
CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE OLLANTA HUMALA TASSO
Perú, 01 de octubre de 2012
Señor Ollanta Humala Tasso Presidente de la República Presente.-
Señor Presidente:
Por medio de la presente, queremos expresar nuestro rechazo absoluto ante la inminente liberación del reo Alberto Kenya Fujimori Fujimori, quien ha sido condenado por graves delitos tales como homicidio calificado, lesiones graves, desaparición forzosa, secuestro agravado y trato cruel, peculado doloso, apropiación de fondos y falsedad ideológica en agravio del Estado.
Permítanos recordarle, que el reo en cuestión fue condenado por delitos de lesa humanidad por la Corte Suprema de Justicia de la República en un proceso impecable y ejemplar, elogiado y reconocido por toda la comunidad internacional, que colocó a la justicia peruana a la vanguardia en la lucha contra la corrupción y la impunidad en materia de Derechos Humanos.
Por tanto, el COLECTIVO NO A KEIKO-NAK considera inaceptable otorgar un indulto al reo Alberto Kenja Fujimori Fujimori por las siguientes consideraciones jurídicas:
1- En 1995, el hoy reo Alberto Fujimori, promulgó la ley 26478 que prohibía el beneficio del indulto a los autores del delito de secuestro agravado. Esta norma fue reemplazada en el año 2006 por la ley 28760, en cuyo artículo 2° se señala que “No procede el indulto, ni la conmutación de pena, a los condenados por delito de secuestro agravado”. En este sentido, la norma es clara al prohibir cualquier tipo de indulto, siendo un principio elemental del Derecho aquel que señala que “no se puede hacerse distingos donde la ley no los hace”.
2- Aún en el supuesto negado que la ley permitiera el indulto para los secuestradores, de acuerdo con el reglamento interno de la Comisión de Gracias Presidenciales vigente, sólo procede en los siguientes casos:
a) Para los reos que padecen enfermedades terminales.
b) Para los reos que sufren de una enfermedad incurable y que además las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad.
c)Para los afectados por transtornos mentales crónicos irreversibles y degenerativos; y que además las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad.
Por los motivos expuestos señor Presidente, resulta una burla para el país que se pretenda desde las altas esferas de su gobierno y de su partido, considerar siquiera la posibilidad de liberar a este delincuente, en contra de los más elementales principios jurídicos tales como el Principio de Legalidad, Separación de Poderes, Igualdad ante la Ley, Debido Proceso, Acceso a la Justicia y Respeto a los Derechos Fundamentales de la Persona, entre otros.
En ese sentido, es más que evidente que el reo Fujimori no cumple con los requisitos exigidos por ley para un indulto humanitario, ya que no padece de una enfermedad terminal, ni de transtornos mentales, ni tampoco se encuentra en condiciones carcelarias que pongan en riesgo su vida. Muy por el contrario, se encuentra alojado en una “cárcel dorada”, donde recibe un trato preferencial que pagamos todos los peruanos, y que estamos seguros, constituye la envidia de otros delincuentes de su calaña, como por ejemplo aquel 15 de agosto del 2011, día en el que disfrutó de una suculenta parrillada rodeado de sus partidarios.
Por otra parte queremos señalar nuestra más profunda preocupación porque de proceder este vergonzoso indulto, otros delincuentes desde Abimael Guzmán o Vladimiro Montesinos hasta Joran Van der Sloot, podrían pretender burlarse de la Justicia solitando el mismo beneficio, de acuerdo con el principio jurídico de “A igual razón, igual derecho”.
Finalmente señor Presidente, le invocamos a ser consecuente con su juramento para con el pueblo peruano y a no defraudarlo, ya que un eventual indulto violando las normas legales y tratados internacionales vigentes, generaría una nueva fractura social en el país y el retorno a los tiempos de la impunidad que usted juró combatir.
Atentamente,
Colectivo No a Keiko - NAK
http://www.facebook.com/noakeiko
http://facebook.com/NAKPeru
http://twitter.com/NAKperu
Perú, 01 de octubre de 2012
Señor Ollanta Humala Tasso Presidente de la República Presente.-
Señor Presidente:
Por medio de la presente, queremos expresar nuestro rechazo absoluto ante la inminente liberación del reo Alberto Kenya Fujimori Fujimori, quien ha sido condenado por graves delitos tales como homicidio calificado, lesiones graves, desaparición forzosa, secuestro agravado y trato cruel, peculado doloso, apropiación de fondos y falsedad ideológica en agravio del Estado.
Permítanos recordarle, que el reo en cuestión fue condenado por delitos de lesa humanidad por la Corte Suprema de Justicia de la República en un proceso impecable y ejemplar, elogiado y reconocido por toda la comunidad internacional, que colocó a la justicia peruana a la vanguardia en la lucha contra la corrupción y la impunidad en materia de Derechos Humanos.
Por tanto, el COLECTIVO NO A KEIKO-NAK considera inaceptable otorgar un indulto al reo Alberto Kenja Fujimori Fujimori por las siguientes consideraciones jurídicas:
1- En 1995, el hoy reo Alberto Fujimori, promulgó la ley 26478 que prohibía el beneficio del indulto a los autores del delito de secuestro agravado. Esta norma fue reemplazada en el año 2006 por la ley 28760, en cuyo artículo 2° se señala que “No procede el indulto, ni la conmutación de pena, a los condenados por delito de secuestro agravado”. En este sentido, la norma es clara al prohibir cualquier tipo de indulto, siendo un principio elemental del Derecho aquel que señala que “no se puede hacerse distingos donde la ley no los hace”.
2- Aún en el supuesto negado que la ley permitiera el indulto para los secuestradores, de acuerdo con el reglamento interno de la Comisión de Gracias Presidenciales vigente, sólo procede en los siguientes casos:
a) Para los reos que padecen enfermedades terminales.
b) Para los reos que sufren de una enfermedad incurable y que además las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad.
c)Para los afectados por transtornos mentales crónicos irreversibles y degenerativos; y que además las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad.
Por los motivos expuestos señor Presidente, resulta una burla para el país que se pretenda desde las altas esferas de su gobierno y de su partido, considerar siquiera la posibilidad de liberar a este delincuente, en contra de los más elementales principios jurídicos tales como el Principio de Legalidad, Separación de Poderes, Igualdad ante la Ley, Debido Proceso, Acceso a la Justicia y Respeto a los Derechos Fundamentales de la Persona, entre otros.
En ese sentido, es más que evidente que el reo Fujimori no cumple con los requisitos exigidos por ley para un indulto humanitario, ya que no padece de una enfermedad terminal, ni de transtornos mentales, ni tampoco se encuentra en condiciones carcelarias que pongan en riesgo su vida. Muy por el contrario, se encuentra alojado en una “cárcel dorada”, donde recibe un trato preferencial que pagamos todos los peruanos, y que estamos seguros, constituye la envidia de otros delincuentes de su calaña, como por ejemplo aquel 15 de agosto del 2011, día en el que disfrutó de una suculenta parrillada rodeado de sus partidarios.
Por otra parte queremos señalar nuestra más profunda preocupación porque de proceder este vergonzoso indulto, otros delincuentes desde Abimael Guzmán o Vladimiro Montesinos hasta Joran Van der Sloot, podrían pretender burlarse de la Justicia solitando el mismo beneficio, de acuerdo con el principio jurídico de “A igual razón, igual derecho”.
Finalmente señor Presidente, le invocamos a ser consecuente con su juramento para con el pueblo peruano y a no defraudarlo, ya que un eventual indulto violando las normas legales y tratados internacionales vigentes, generaría una nueva fractura social en el país y el retorno a los tiempos de la impunidad que usted juró combatir.
Atentamente,
Colectivo No a Keiko - NAK
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